Saturday, January 20, 2007

 

En el nombre

A primera vista, la afirmación de que el signo lingüístico es arbitrario constituye una verdad tan trivial que pareciera que casi no vale la pena recordarla. No existe ninguna relación entre la expresión gato y el simpático animalito que maúlla a nuestros pies---la expresión podría ser cat, paka, kottur, neko, pisica o miu (y en efecto así es en inglés, swahili, islandés, japonés, rumano y chino, respectivamente) y el gato sería exactamente el mismo. De la misma manera, que alguien se llame Juan, Pedro, Anaximandro, Usmaíl o Perico de los Palotes no debiera ser un asunto que concite mayor interés. Es, sin embargo, innegable que las comunidades sí prestan considerable atención al nombre que escogen sus miembros. A veces, es un marcador de las diferencias al interior de la comunidad: en el Perú, llamarse Pancracio o Margarito produce ciertas expectativas sobre el origen social (o incluso racial) de su portador; es decir, ciertos nombres se asocian estereotípicamente con determinados grupos sociales, lo cual, con frecuencia ocasiona episodios de intolerancia y discriminación. Por supuesto, no es el nombre en sí mismo el que causa estos problemas, sino los prejuicios con los que está asociado---en otras palabras, no es que se elimina la arbitrariedad, sino que se añade una capa adicional de convencionalidad, otra asociación arbitraria.

A veces las cosas son un poco más complicadas, sin embargo. A todo el mundo le llamaría la atención que alguien tuviera como nombre una palabra obscena, por ejemplo. Y, dado que las palabras disparan incesantemente todo tipo de connotaciones, en muchas partes existen leyes para proteger a los recién nacidos de las decisiones de unos padres poco atentos; de esta manera, ciertos nombres están vedados, razonablemente, porque pueden atraer sobre sus usuarios una forma de atención no deseada. Es decir, una vez que se ha establecido una determinada convención (cuando una palabra se marca como obscena, por ejemplo), la expresión resultante ya no está libre para ser usada como le plazca al hablante, la arbitrariedad se vuelve, aparentemente, un vínculo indisoluble.

Esa es precisamente la razón por la que recordar que el signo lingüístico es arbitrario no es trivial o inocente. Por mucho que una expresión se vincule a su contenido, por mucho que la fuerza de la convención asocie repetidamente ciertas palabras con ciertos objetos o ideas, es siempre útil recordar que no hay nada mágico o inevitable en esa asociación. Ningún accidente cósmico tiene lugar cuando la gente pronuncia las palabras con cierto acento diferente, cuando elimina algunos sonidos o añade otros, cuando modifica los patrones de concordancia. El signo solo es inmutable en el efímero y sincrónico instante en que alguien lo usa o imagina, pero cambia sin control en la inmensurable sucesión de instantes que es la práctica social.

Por alguna razón, la idea de que el signo es en efecto arbitrario sigue siendo, después de cien años de reflexión lingüística sistemática, una auténtica novedad, incluso entre personas con formación universitaria. Quizá sea que, en el fondo, no nos hemos desecho todavía del pensamiento mágico. He aquí una muestra (por lo demás, bastante inocente, comparada con otros casos):

Justicia deniega la nacionalidad a una colombiana por llamarse 'Darling'
El juez del Registro Civil Unico de Madrid ha denegado a la colombiana Darling Vélez Salazar la nacionalidad española porque su nombre propio 'no es admisible' en la legislación española. Darling Vélez Salazar solicitó la nacionalidad española hace unos meses, pero el pasado 15 de noviembre recibió un escrito del Registro Civil Unico de Madrid que le decía que su nombre no es admisible en la legislación española y que para adquirir la nacionalidad debía cambiarlo por otro 'incluido en el calendario', explicó esta colombiana en declaraciones a Efe.
Terra.es 20 de enero del 2007


¿Por qué un juez tomaría una decisión así? Según la noticia, esa prohibición carece de sustento legal. Me atrevo a especular que se deba al hecho de que se trata de una expresión extranjera, inglesa para más señas. Si eso es correcto, se trata de una movida prescritiva, un acto purista, un ejercicio de contención mágica. Pero es en extremo interesante: un juez está dispuesto a obligar a una persona de 33 años a cambiar su nombre, a modificar toda su documentación, a rebautizarse, digamos. ¿Y todo por qué? Para que no ingrese al español un nombre que no tenía licencia para ser tal, una palabra extranjera, marcada, diferente. Transformar la vida de una persona a este juez le parece poco comparado con la transgresión simbólica que el uso del nombre acarrearía. Algunos quizá se rían (en general, la prensa lo ha recibido jocosamente), pero nada diferente ocurre cuando le decimos a una persona que "hable bien": al exigirle que use solo lo admisible, le estamos pidiendo que transforme sus prácticas comunitarias para que no mancille nuestro calendario, nuestro imaginario mapa de la realidad, nuestra mágica barrera protectora.

[Actualización]
Mi amigo Miguel Rivera me informa, en el comentario a este post, que el caso de Darling no es aislado. Hay otros más:

Una juez de Majadahonda impide que una niña se llame Beliza
La familia de Beliza, una niña de ocho meses de Las Rozas, no sabe qué hacer con su nombre. Aseguran que no puede nacionalizar a la pequeña porque, de momento, el juzgado encargado de ello no reconoce ese nombre. Sus padres, Lina Martín y Newar, son colombianos, pero llevan cinco años residiendo en España. El pasado 5 de enero presentaron un recurso ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Majadahonda después de que en noviembre no les permitieran registrar al bebé. Nos dijeron que teníamos que cambiárselo porque la juez decía que ni existe ni corresponde a ningún sexo", señaló Linda al periódico 20 minutos. [...] La familia ha buscado nuevos argumentos para su petición entre los escritores españoles. Aluden a obras de Lope de Vega como Las melindres de Belisa, y a otra de Federico García Lorca, El amor de Don Perlimplín con Belisa en su jardín.
El País 19 de enero del 2007
El argumento de la jueza es extraordinario: no existe. Esto no solo es falso (la abuela ya se llamaba así) sino que es irrelevante (imagínense qué le habría dicho esta jueza al primero que trató de ponerle Juan a su hijo). Nótese que en este caso también se trata de inmigrantes, así que es probable que la xenofobia sea el telón de fondo (de hecho, ¿qué es la condena normativa sino una sutil forma de xenofobia, de rechazo a lo que no es como uno?).

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Comments:
Hace poco encontré en El País un caso aun peor: a una niña le deben cambiar de nombre para que pueda adquirir la ciudadanía española. Se llama Beliza. Sus padres han encontrado poemas de Lope de Vega (u otro autor del Siglo de Oro) que mencionan ese nombre, por lo que las autoridades han aceptado el nombre... siempre cuando lo escriba con s, como en el poema.
 
Es vergonzoso, no sabía que en mi país planteban ese tipo de problemas. Pensaba que podían ponerse todo tipo de nombres.
 
Hola, Miguel. He encontrado esta noticia sobre el uso del catalán en los hospitales y que te puede interesar:

http://www.elmundo.es/elmundo/2006/01/10/espana/1136880636.html
 
Me llamo Susana del Mar porque mi padre peleo con el cura en barceona, quien no queria bautizarme. Decia que no estaba en el Santoral, que si queria me pusiera Susana (por Santa Susana) o María del Mar, (por la virgen), pero Susana del Mar de ninguna Manera porque no existía. Solo diciendole mi padre que a él le importaba un comino el bautizo porque no era creyente, y que me iba a dejar sin bautizar o iba a hacerlo enh el Peru, donde podría ponerme el nombre que le de la gana, el cura acepto el bautizo...
 
Si entiendo bien, el signo no es arbitrario sino contingente.
 
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