Saturday, January 20, 2007
En el nombre
A veces las cosas son un poco más complicadas, sin embargo. A todo el mundo le llamaría la atención que alguien tuviera como nombre una palabra obscena, por ejemplo. Y, dado que las palabras disparan incesantemente todo tipo de connotaciones, en muchas partes existen leyes para proteger a los recién nacidos de las decisiones de unos padres poco atentos; de esta manera, ciertos nombres están vedados, razonablemente, porque pueden atraer sobre sus usuarios una forma de atención no deseada. Es decir, una vez que se ha establecido una determinada convención (cuando una palabra se marca como obscena, por ejemplo), la expresión resultante ya no está libre para ser usada como le plazca al hablante, la arbitrariedad se vuelve, aparentemente, un vínculo indisoluble.
Esa es precisamente la razón por la que recordar que el signo lingüístico es arbitrario no es trivial o inocente. Por mucho que una expresión se vincule a su contenido, por mucho que la fuerza de la convención asocie repetidamente ciertas palabras con ciertos objetos o ideas, es siempre útil recordar que no hay nada mágico o inevitable en esa asociación. Ningún accidente cósmico tiene lugar cuando la gente pronuncia las palabras con cierto acento diferente, cuando elimina algunos sonidos o añade otros, cuando modifica los patrones de concordancia. El signo solo es inmutable en el efímero y sincrónico instante en que alguien lo usa o imagina, pero cambia sin control en la inmensurable sucesión de instantes que es la práctica social.
Por alguna razón, la idea de que el signo es en efecto arbitrario sigue siendo, después de cien años de reflexión lingüística sistemática, una auténtica novedad, incluso entre personas con formación universitaria. Quizá sea que, en el fondo, no nos hemos desecho todavía del pensamiento mágico. He aquí una muestra (por lo demás, bastante inocente, comparada con otros casos):
Justicia deniega la nacionalidad a una colombiana por llamarse 'Darling'
El juez del Registro Civil Unico de Madrid ha denegado a la colombiana Darling Vélez Salazar la nacionalidad española porque su nombre propio 'no es admisible' en la legislación española. Darling Vélez Salazar solicitó la nacionalidad española hace unos meses, pero el pasado 15 de noviembre recibió un escrito del Registro Civil Unico de Madrid que le decía que su nombre no es admisible en la legislación española y que para adquirir la nacionalidad debía cambiarlo por otro 'incluido en el calendario', explicó esta colombiana en declaraciones a Efe.
Terra.es 20 de enero del 2007
¿Por qué un juez tomaría una decisión así? Según la noticia, esa prohibición carece de sustento legal. Me atrevo a especular que se deba al hecho de que se trata de una expresión extranjera, inglesa para más señas. Si eso es correcto, se trata de una movida prescritiva, un acto purista, un ejercicio de contención mágica. Pero es en extremo interesante: un juez está dispuesto a obligar a una persona de 33 años a cambiar su nombre, a modificar toda su documentación, a rebautizarse, digamos. ¿Y todo por qué? Para que no ingrese al español un nombre que no tenía licencia para ser tal, una palabra extranjera, marcada, diferente. Transformar la vida de una persona a este juez le parece poco comparado con la transgresión simbólica que el uso del nombre acarrearía. Algunos quizá se rían (en general, la prensa lo ha recibido jocosamente), pero nada diferente ocurre cuando le decimos a una persona que "hable bien": al exigirle que use solo lo admisible, le estamos pidiendo que transforme sus prácticas comunitarias para que no mancille nuestro calendario, nuestro imaginario mapa de la realidad, nuestra mágica barrera protectora.
[Actualización]
Mi amigo Miguel Rivera me informa, en el comentario a este post, que el caso de Darling no es aislado. Hay otros más:
Una juez de Majadahonda impide que una niña se llame BelizaEl argumento de la jueza es extraordinario: no existe. Esto no solo es falso (la abuela ya se llamaba así) sino que es irrelevante (imagínense qué le habría dicho esta jueza al primero que trató de ponerle Juan a su hijo). Nótese que en este caso también se trata de inmigrantes, así que es probable que la xenofobia sea el telón de fondo (de hecho, ¿qué es la condena normativa sino una sutil forma de xenofobia, de rechazo a lo que no es como uno?).
La familia de Beliza, una niña de ocho meses de Las Rozas, no sabe qué hacer con su nombre. Aseguran que no puede nacionalizar a la pequeña porque, de momento, el juzgado encargado de ello no reconoce ese nombre. Sus padres, Lina Martín y Newar, son colombianos, pero llevan cinco años residiendo en España. El pasado 5 de enero presentaron un recurso ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Majadahonda después de que en noviembre no les permitieran registrar al bebé. Nos dijeron que teníamos que cambiárselo porque la juez decía que ni existe ni corresponde a ningún sexo", señaló Linda al periódico 20 minutos. [...] La familia ha buscado nuevos argumentos para su petición entre los escritores españoles. Aluden a obras de Lope de Vega como Las melindres de Belisa, y a otra de Federico García Lorca, El amor de Don Perlimplín con Belisa en su jardín.
El País 19 de enero del 2007
Labels: discurso prescriptivo, nombre
http://www.elmundo.es/elmundo/2006/01/10/espana/1136880636.html
<< Home